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Colación escolar sin sellos: qué dice la ley y qué llevar

Por Rubén Varrasso06 de September, 2026 7 min de lectura

Respuesta corta: la Ley 20.606 prohíbe vender, promocionar y regalar alimentos con sellos de advertencia dentro de establecimientos de educación parvularia, básica y media. Pero no regula la colación que el estudiante lleva desde la casa: sobre eso el MINSAL solo entrega recomendaciones, no obligaciones.

Esa distinción explica casi todas las dudas de los apoderados. Acá está qué dice la norma con exactitud, qué queda fuera de ella y qué sirve de verdad para armar una colación.

Qué prohíbe exactamente la ley dentro del colegio

La Ley 20.606 sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, aplicada a través del Reglamento Sanitario de los Alimentos, establece tres restricciones para los establecimientos educacionales:

  • Prohibición de venta. No se pueden vender alimentos que superen los límites del MINSAL en calorías, azúcares, grasas saturadas o sodio. La norma es explícita en que aplica sean estos envasados o no.
  • Prohibición de promoción y regalo. Tampoco se pueden promocionar ni entregar gratuitamente. Esto alcanza a degustaciones, muestras y auspicios.
  • Prohibición de publicidad dirigida a menores de 14 años. Sin personajes, regalos, concursos ni ganchos comerciales.

Dos precisiones que suelen perderse:

No es solo el kiosco. La restricción aplica a cualquier lugar del establecimiento: kiosco, casino, actividades, ferias, eventos internos.

Cubre los tres niveles. Parvularia, básica y media. No es una norma solo para básica.

Los límites que definen si un alimento sólido lleva sello, vigentes desde el 27 de junio de 2019, son estos:

Sello Se aplica desde (por 100 g)
ALTO EN CALORÍAS 275 kcal
ALTO EN AZÚCARES 10 g de azúcares totales
ALTO EN GRASAS SATURADAS 4 g
ALTO EN SODIO 400 mg

En líquidos los umbrales son más estrictos, porque se asume mayor volumen de consumo. El detalle está en nuestra guía completa de los sellos.

Lo que la ley no regula: la colación que va en la mochila

Acá está la confusión más frecuente. La ley regula la venta, no el consumo. Un niño puede llevar de la casa lo que su familia decida; ningún colegio puede requisar una colación amparado en la Ley 20.606.

Lo que sí existe son recomendaciones del MINSAL, y algunos establecimientos las adoptan como reglamento interno propio. Eso es una decisión del colegio, no una obligación legal, y conviene distinguirlo cuando aparece una circular.

La orientación oficial para las familias es simple: preferir alimentos frescos y naturales, sin sellos o con menos sellos.

"Sin sellos" no es lo mismo que "buena colación"

Este es el punto que más se malinterpreta, y vale la pena decirlo aunque no favorezca a nadie que venda alimentos envasados.

Los sellos solo evalúan nutrientes agregados durante la elaboración. Por eso una manzana, un puñado de almendras o un huevo duro no llevan sellos: sus nutrientes son propios del alimento. Y por eso mismo, un producto ultraprocesado con veinte aditivos puede no llevar ninguno.

Los sellos tampoco distinguen por cuánto se pasó un producto del límite, ni dicen nada sobre lo que el alimento aporta —fibra, proteína, micronutrientes—. Solo advierten excesos.

Traducido a la colación: "sin sellos" es un buen primer filtro, no un certificado. Sirve para descartar rápido, no para elegir bien.

Cómo armar una colación que funcione

La Guía de Kioscos y Colaciones Saludables del MINSAL parte de una idea que suele sorprender: la colación es un complemento, no una comida. Si el niño comió hace menos de cuatro horas, no necesariamente necesita una.

Sus criterios prácticos:

  • Una colación por jornada escolar, no varias.
  • Porciones pequeñas. El tamaño importa tanto como el contenido.
  • Recomendados: fruta natural, verduras en bastones —zanahoria, apio—, frutos secos sin sal ni azúcar, lácteos bajos en calorías, pan con ingredientes frescos.
  • Desaconsejados: snacks dulces y salados, papas fritas, alfajores, caramelos, chocolates, helados, bebidas azucaradas, sopaipillas y empanadas.

A eso agregaría tres criterios prácticos que salen de la experiencia, no de la norma:

Que aguante la mochila. Una colación perfecta que llega aplastada a las 10 de la mañana vuelve intacta a la casa. El envase importa.

Que el niño se la coma. Una colación rechazada tiene cero aporte nutricional, por impecable que sea en el papel.

Que tenga fibra o proteína. Es lo que sostiene hasta el almuerzo. Una colación solo de carbohidratos rápidos deja con hambre a los cuarenta minutos.

El detalle del a granel

Un vacío que conviene conocer: la obligación de etiquetado nutricional aplica a alimentos envasados. Los productos a granel no llevan sellos aunque su composición los amerite.

La ley cierra parte de este vacío en el contexto escolar, porque la prohibición de venta en colegios alcanza a los alimentos que superan los límites estén envasados o no. Pero fuera del colegio —en un almacén, en una feria— un producto suelto puede tener exactamente la misma composición que uno con tres sellos y verse limpio.

Preguntas frecuentes

¿El colegio puede prohibir que mi hijo lleve algo de la casa?
La Ley 20.606 no lo faculta: regula venta, promoción y publicidad dentro del establecimiento. Un colegio puede tener un reglamento interno propio, pero esa es otra cosa y conviene pedirlo por escrito.

¿La prohibición aplica en jardín infantil?
Sí. Cubre educación parvularia, básica y media.

¿Puede el kiosco vender algo con un solo sello?
No. La restricción no distingue cantidad de sellos: basta con superar un límite para quedar fuera.

¿Los productos endulzados con estevia o alulosa pueden venderse en colegios?
Si no superan ninguno de los cuatro límites, sí. Los edulcorantes no cuentan como azúcares para efectos del sello. Sobre por qué eso no equivale a "sin azúcar", lo explicamos en "sin azúcar" vs "sin azúcar añadida".

¿Sirve una colación sin sellos si el niño tiene alguna condición de salud?
Eso no lo resuelve el etiquetado. Cualquier plan alimentario asociado a una condición diagnosticada lo define su nutricionista o pediatra, y esa indicación manda por sobre cualquier guía general.

En resumen

La ley hizo su parte adentro del colegio: sacó de circulación los productos que superan los límites, en cualquier formato y en los tres niveles educativos. Lo que va en la mochila sigue siendo decisión de la familia.

Y para esa decisión, el octágono es un filtro grueso. Un producto sin sellos puede ser una buena colación o puede ser un ultraprocesado que pasó raspando. La diferencia está al reverso del envase.

Nuestro brownie es libre de sellos y viene en unidades de 50 g —110 kcal, 1,3 g de hidratos de carbono disponibles, 5 g de fibra y 5 g de proteína por unidad—, lo que lo hace transportable y compatible con el criterio normativo de los colegios. Dicho eso: es repostería. Funciona como colación ocasional, no como reemplazo de la fruta.

Fuentes


Por Rubén Varrasso
Periodista y co-fundador de Simple Snack. Más de seis años desarrollando alimentos funcionales junto a equipos de I+D y nutricionistas aliados. Especializado en alimentación keto, low carb y antiinflamatoria.

Declaración de intereses: Rubén Varrasso es co-fundador de Simple Snack. Este artículo menciona productos de la marca. La información nutricional citada proviene de análisis de laboratorio y de las fuentes oficiales referenciadas. Este contenido tiene fines informativos y no reemplaza la orientación de un profesional de la salud.

Así se ve en la práctica.

En Simple Snack formulamos repostería sin azúcar añadida, sin gluten y libre de sellos. Puedes revisar la ficha completa de cada producto — tabla nutricional e ingredientes incluidos.

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Rubén Varrasso
Periodista y co-fundador de Simple Snack. Más de seis años desarrollando alimentos funcionales junto a equipos de I+D y nutricionistas aliados. Especializado en alimentación keto, low carb y antiinflamatoria.